Por último, se evidencia que el recurrente en el tercer motivo apelado, denunció la vulneración
Por último, se evidencia que el recurrente en el tercer motivo apelado, denunció la vulneración al principio de congruencia, indefensión material y técnica, además del quebrantamiento del art. 360 incs. 2) y 3) del CPP, vinculando el mismo al defecto previsto por el inc. 3) del art. 169 de la norma adjetiva penal, por vulneración del debido proceso, derecho a la defensa y seguridad jurídica, contenidos en los arts. 115.II y 119.II de la CPE, centrando su planteamiento en la existencia de hechos que no formarían parte de las circunstancias que hacen al objeto del proceso; al respecto, el Tribunal de alzada en forma similar a los otros motivos alegados en apelación, se limitó a señalar que el principio de congruencia no fue vulnerado, porque el Tribunal de Sentencia, se refirió a los hechos probados que están fundamentados de hechos y derechos, sin expresar de qué manera arribó a esa conclusión
- Por memorial presentado el 24 de diciembre de 2014, cursante de fs
- a) Por Sentencia 1/2014 de 29 de enero (fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, la Universidad Mayor de San Andrés (UMSA) representada por Elizabeth
- II.1. De la Sentencia
- 2)Denunció que en la Sentencia no existe una fundamentación individualizada sobre su participación en
- 3)Argumentó que existen hechos que no forman parte de las circunstancias objeto del proceso; sin
- “…en presente caso se establece que la prueba ha sido valorada correctamente, siendo que se
- Que en ningún momento se habría vulnerado el principio de congruencia siendo que el tribunal
- III.1. La debida fundamentación
- Orlando A
- Ese entendimiento fue asumido por este Tribunal mediante varios Autos Supremos, tales como el Auto
- De ahí que la motivación de los fallos emergentes de los recursos, debe ser expresa,
- b) Clara: en la resolución, el objeto del pensar jurídico debe estar claramente determinado, de
- c) Completa: la exigencia comprende a todas las cuestiones planteadas por las partes en los
- La motivación de los fallos emergentes de los recursos, para ser completa, debe referirse al
- d) Legítima: la legitimidad de la motivación se refiere tanto a la consideración de las
- e) Lógica: finalmente se exige que la sentencia cumpla con las reglas de logicidad, de
- De manera específica, con relación a las resoluciones emitidas por los Tribunales de apelación, previa
- Respecto a lo anterior, la jurisprudencia constitucional, desarrolló el alcance y finalidad del derecho a
- Lo precedentemente señalado, evidencia que el Tribunal de apelación, no se encuentra exento de fundamentar
- III.2. Análisis del caso concreto
- De la anterior transcripción literal, se constata que la consideración del Tribunal de alzada del
- En cuanto al motivo alegado en apelación restringida referido a la falta de fundamentación individualizada
- Por último, se evidencia que el recurrente en el tercer motivo apelado, denunció la vulneración
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación del art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
