De los argumentos expuestos por el recurrente se extraen los siguientes motivos
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
De los argumentos expuestos por el recurrente se extraen los siguientes motivos:
1) En el primer considerando el Auto de Vista recurrido -describe su contenido-, no existió un estudio minucioso del caso concreto; por cuanto, el Vocal Relator no dio una lectura cabal a la fundamentación de la Sentencia recurrida, la que en el apartado de motivación de la subsunción del hecho juzgado, señaló y fundamentó con claridad meridana “en los incisos,: a) b) c) d) e)”, en base a la valoración de las pruebas aportadas en juicio y a la sana crítica. Tampoco se evaluó la individualización legal y judicial que hizo el Juzgador en la parte considerativa de la Sentencia, en la que señaló los preceptos legales, comprendidos en los arts. 37, 38, 39, 40 y 41 del CP; por lo que, afirma que el Auto de Vista recurrido, carece de un real y verdadero análisis de los hechos
- Por memorial presentado el 1 de junio de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) La mencionada Sentencia, fue objeto de apelación incidental por parte del Ministerio Público, (fs
- c) Notificado el recurrente con el Auto de Vista impugnado el 28 de mayo de
- De los argumentos expuestos por el recurrente se extraen los siguientes motivos
- 2) El Tribunal de alzada omitió analizar la existencia o no de los defectos de
- Continúa afirmando que ante la constatación del Tribunal de alzada, que la Sentencia no se
- El art
- En este contexto, el art
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En autos, se constata que Guillermo Andrés de la Hoz Torres, fue notificado con el
- Cumplida la verificación del requisito de forma, es necesario verificar si el recurrente cumplió con
- En el segundo motivo, el recurrente cuestiona la actividad desplegada por el Tribunal de alzada,
- Por último, se aclara que de acuerdo a los alcances del art
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
