Auto Supremo AS/0507/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0507/2015-RA

Fecha: 20-Jul-2015

Por último, se aclara que de acuerdo a los alcances del art


Por último, se aclara que de acuerdo a los alcances del art. 416 del CPP, constituyen precedentes contradictorios las resoluciones emitidas por las Salas Penales de los Tribunales Departamentales y el Tribunal Supremo de Justicia; a cuyo efecto, una Sentencia Constitucional no tiene esa calidad, razón por la cual, la citada por el recurrente no fue considerada para determinar la admisibilidad del recurso