Auto Supremo AS/0517/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0517/2015

Fecha: 06-Jul-2015

Por otra parte, también se debe tener presente que actualmente la Justicia no es formal,

Por otra parte, también se debe tener presente que actualmente la Justicia no es formal, sino que el derecho sustancial debe prevalecer sobre cualquier formalismo, en este caso el derecho a una justicia pronta y oportuna, por ende no es posible admitir que se vaya a anular obrados por aspectos que pueden ser subsanados por los de segunda instancia a través de la aplicación de los principios generales del derecho y los principios constitucionales en relación a la Ley, para dejar de lado los criterios que resultan extremadamente ritualistas o formalistas, pues debe darse prevalencia a la celeridad y efectividad antes que al criterio ritualista de anular por anular