Auto Supremo AS/0518/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0518/2015-RA

Fecha: 27-Jul-2015

Continúa afirmando que sobre el Auto de Vista en relación a “la errónea aplicación de


Continúa afirmando que sobre el Auto de Vista en relación a “la errónea aplicación de la ley por valoración defectuosa de la prueba para dictar sentencia absolutoria” (sic), la introducción de la prueba signada como AP-34, consistente en un testimonio de algunas piezas dentro del proceso civil de medida preparatoria, por el que judicialmente fue reconocida la firma del imputado en la minuta de transferencia, tildada sin valor legal alguno por el Tribunal de mérito, debido a que efectuada la pericia de reconocimiento de firmas, dicho documento perdía credibilidad, el Tribunal de alzada “no emitió fundamentación alguna ya que señalan que la argumentación de la causal para no hacer valer el testimonio de algunas piezas dentro del proceso civil de medida preparatoria, se encuentra plasmada en la sentencia y acorde a las exigencias, contenidas en el Art. 173 de la Ley 1970, sin realizar siquiera un comentario si es coherente y legal al desestimar un reconocimiento de firmas judicial de la minuta en cuestión…” (sic). Por otro lado, el Tribunal de alzada se limitó a señalar que “las pruebas signadas AP-5 y AP-25 se encuentran descritas en el tercer párrafo del punto tercero de la exposición de motivos de hecho y probatorios, así como la prueba signada como AP-20 en el cuarto párrafo del punto segundo de la exposición de motivos de hecho y probatorios” (sic), señalando el recurrente que el Tribunal de apelación olvidó relacionar los mismos, ya que entre otros delitos acusados se encuentra el de Falsedad Material y Uso de Instrumento Falsificado