Como se analizó anteriormente la Sentencia firme que emerge de un proceso de conocimiento sea
Como se analizó anteriormente la Sentencia firme que emerge de un proceso de conocimiento sea este ordinario o sumario adquiere la calidad de cosa juzgada material, de donde surge la imposibilidad material de su revisión, modificación o invalidación, aspecto que no fue analizado por el Tribunal de instancia, que se limitó a verificar si contaban con competencia o no para la tramitación de la causa y no analizaron que al pretender el actor la modificación de una Sentencia dictada en proceso sumario y al ser este un proceso de conocimiento como lo indicamos líneas arriba, no corresponde su sustanciación en la vía Civil mucho menos familiar, toda vez que a través de éste proceso ordinario, el actor, pretende la nulidad del proceso y la Sentencia dictada por el Juez 5to. de Instrucción en lo Civil sobre usucapión extraordinaria seguido por Cristina Samo Paye Vda. de Quisbert contra la H. Alcaldía Municipal de la ciudad de La Paz, proceso en el cual no fue parte la recurrente
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Concedido el indicado recurso la Sala Civil Primera de la entonces Corte Superior de Justicia
- Que, la recurrente en su recurso señala los siguientes agravios
- 2
- 3
- CONSIDERANDO III:
- Que, frente a la interposición de una demanda el Juez tiene el deber de efectuar
- No obstante lo que se desprende de la literalidad de la norma transcrita, la doctrina
- Para lograr desentrañar adecuadamente el poder que ejerce el Juez frente a la interposición de
- En el primer caso, una vez deducida una determinada pretensión el Juez no queda automáticamente
- Ahora bien, una vez comprobada por el Juez la concurrencia de los presupuestos procesales y
- Respecto de las condiciones de fundabilidad, el Autor argentino Peyrano señala que "Presentada la demanda
- El concepto de "improponibilidad", fue postulado por Morello y Berizonce, en un trabajo llamado "improponibilidad
- Este es la teoría de la improponibilidad objetiva de una pretensión
- Este Tribunal Supremo de Justicia, conforme al criterio adoptado por la extinta Corte Suprema de
- El rechazo in limine o ab initio de la demanda por falta de fundabilidad o
- Ahora bien, corresponde precisar en qué situaciones resulta legítimo rechazar in límine una pretensión; es
- Al respecto, son varios los criterios de clasificación que adopta la doctrina, empero, diremos que
- De la modificación de los procesos sumarios
- Asimismo este Tribunal, respecto a la cosa juzgada generada en procesos sumarios ha emitido el
- La cosa Juzgada Material, hace posible que una Sentencia sea prácticamente inatacable a través de
- Como se analizó anteriormente la Sentencia firme que emerge de un proceso de conocimiento sea
- Cuando una Sentencia adquiere calidad de cosa juzgada se derivan una serie de efectos que
- Los efectos de la cosa juzgada, instaurados en resguardo del principio de seguridad jurídica, reconocen,
- De la pretensión improponible de la parte actora
- Sin responsabilidad por ser excusable el error incurrido
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
