Auto Supremo AS/0528/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0528/2015

Fecha: 10-Jul-2015

Este Tribunal Supremo de Justicia, conforme al criterio adoptado por la extinta Corte Suprema de

Este Tribunal Supremo de Justicia, conforme al criterio adoptado por la extinta Corte Suprema de Justicia de la Nación, ha desarrollado la aplicación de la teoría de la improponibilidad objetiva de la pretensión, así citamos el Auto Supremo Nº 101/2014 de 16 de marzo de 2014 en el que se expuso lo siguiente:” Que, frente a la interposición de una demanda el Juez tiene el deber de efectuar un primer examen de admisibilidad en atención al art. 327 del Código de Procedimiento Civil, el cual según la citada norma, parecería limitarse a la verificación del cumplimiento de las reglas referidas a la forma de la demanda como acto de postulación, establecidas en el artículo 327 del Código de Procedimiento Civil