De este razonamiento podemos concluir que la improponibilidad puede ser objetiva: cuando el juicio se
De este razonamiento podemos concluir que la improponibilidad puede ser objetiva: cuando el juicio se centra en analizar los efectos jurídicos materiales de la pretensión y la falta de aptitud jurídica del objeto para ser juzgado en derecho, lo que hace posible que el Juez rechace in limine la litis, del mismo modo también se presenta la improponibilidad desde el punto de vista subjetivo, la cual se centra en el juicio que hace el Juez, sobre la falta evidente de interés sustancial en el actor para proponer la pretensión
- Chávez, Oscar, Soledad, Paola
- Proceso: Anulabilidad absoluta y relativa de matrimonio y testamento
- Distrito: Potosi
- CONSIDERANDO I:
- Resolución de fondo que es apelada por la parte demandante por escrito de fs
- CONSIDERANDO III:
- Ahora bien, el artículo 333 del citado Código Adjetivo Civil, establece que: “cuando la demanda
- Por lo que de la inteligencia de las citadas normas procedimentales, claramente se establece que
- En dicho sentido, una vez comprobada que ha sido por el Juez la concurrencia de
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- En ese margen, la configuración de los presupuestos de invalidez, en especial a los de
- En doctrina aquellos impedimentos que posibilita el ejercicio de la acción de anulabilidad son
- Como se observará estos impedimentos, que surgen como presupuestos impeditivos del matrimonio y luego
- Avanzando en el análisis, al oponer oposición el art
- En este mismo análisis el art
- Por lo fundamentado, se debe señalar que no toda persona que tenga un interés en
- En merito a los fundamentos expuestos corresponde a este Tribunal, fallar en la forma prevista
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud al art
- Sin responsabilidad por ser excusable el error
- En virtud a lo previsto en el art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Relator: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
