En ese margen, la configuración de los presupuestos de invalidez, en especial a los de
En ese margen, la configuración de los presupuestos de invalidez, en especial a los de anulabilidad relativa, está relacionada a los vicios del consentimiento preexistentes que afecta a uno o ambos contrayentes del matrimonio, que la ley, en consideración a ellos, ha formulado como prohibición. Estos impedimentos tienden a operar antes y después del matrimonio, teniendo efectos distintos, cuando actúa antes del matrimonio es causa de oposición del acto matrimonial, en cambio, cuando opera después de la celebración del matrimonio es causal de anulabilidad del mismo; en todo caso tanto en la oposición como en la anulabilidad absoluta se tienen los mismos impedimentos que destacan diferentes factores según el momento de su operación
- Chávez, Oscar, Soledad, Paola
- Proceso: Anulabilidad absoluta y relativa de matrimonio y testamento
- Distrito: Potosi
- CONSIDERANDO I:
- Resolución de fondo que es apelada por la parte demandante por escrito de fs
- CONSIDERANDO III:
- Ahora bien, el artículo 333 del citado Código Adjetivo Civil, establece que: “cuando la demanda
- Por lo que de la inteligencia de las citadas normas procedimentales, claramente se establece que
- En dicho sentido, una vez comprobada que ha sido por el Juez la concurrencia de
- De este razonamiento podemos concluir que la improponibilidad puede ser objetiva: cuando el juicio se
- El Código de Familia concibe un criterio de clasificación de las nulidades bajo un principio
- En ese margen, la configuración de los presupuestos de invalidez, en especial a los de
- En doctrina aquellos impedimentos que posibilita el ejercicio de la acción de anulabilidad son
- Como se observará estos impedimentos, que surgen como presupuestos impeditivos del matrimonio y luego
- Avanzando en el análisis, al oponer oposición el art
- En este mismo análisis el art
- Por lo fundamentado, se debe señalar que no toda persona que tenga un interés en
- En merito a los fundamentos expuestos corresponde a este Tribunal, fallar en la forma prevista
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud al art
- Sin responsabilidad por ser excusable el error
- En virtud a lo previsto en el art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Relator: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
