Auto Supremo AS/0552/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0552/2015

Fecha: 14-Jul-2015

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud al art


POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud al art. 42.I num. 1) de la Ley Nº 025 Ley del Órgano Judicial y en aplicación de los arts. 106 del Código Procesal Civil con relación a los arts. 271 num. 3) y 275 del Código de Procedimiento Civil, ANULA obrados hasta fojas 19 (admisión de la demanda) sin reposición, disponiendo el archivo de obrados y salvando los derechos a la vía idónea llamada por ley