Auto Supremo AS/0555/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0555/2015-L

Fecha: 15-Jul-2015

En el Fondo

Por dicho motivo, solicita la anulación de obrados hasta el estado de dictarse nueva “Sentencia” en la que se pronuncie solo con respecto a lo apelado, es decir si ha prescrito o no mi acción.
En el Fondo:
Acusa al Tribunal de alzada de haber confirmado parcialmente la Sentencia por haberse probado que la demanda fue presentada fuera del plazo de 6 meses, resolviendo fuera del marco procedimental, dando aplicación de oficio a la caducidad, sin que los demandados hayan excepcionado caducidad; este hecho va en contra de la norma prohibitiva del art. 1520 del Código Civil que indica que la caducidad no puede ser declarada de oficio