Resolución que es apelada por la actora, y como consecuencia de ello, se dictó el
Resolución que es apelada por la actora, y como consecuencia de ello, se dictó el Auto de Vista Nº SCII- 099, de 20 de abril de 2010, que confirmó la Sentencia por haberse probado que la demanda ordinaria planteada por Leonor Zurita Martínez Vda. De García fue presentada fuera del plazo de 6 meses concedido por el art. 28 de la Ley 1760, modificatorio del art. 490 del Código de Procedimiento Civil
- Proceso: Nulidad de Proceso Ejecutivo
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución que es apelada por la actora, y como consecuencia de ello, se dictó el
- Determinación que es recurrida en casación en la forma y en el fondo, recurso que
- En la forma
- Continuando con su recurso, señala que los demandados plantearon la prescripción y no así la
- En el Fondo
- Por dicho motivo en el fondo solicita que se case el Auto de Vista y
- Estos dos puntos fundamentados por el Tribunal Ad quem, son un ejemplo de toda la
- De todo lo expuesto, queda claro que en la presente resolución de segunda instancia, el
- Por lo expuesto, corresponde dar aplicación a lo dispuesto en el art
- De la revisión de obrados, se tiene
- De lo transcrito textualmente, se entiende que a más de emplear terminología incorrecta, la parte
- Por lo anteriormente expuesto y considerando que las presuntas violaciones acusadas no son evidentes, corresponde
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Fdo. Mgdo. Rómulo Calle Mamani
- Fdo. Mgda Rita Susana Nava Duran
- Ante mi Fdo. Dr. Gonzalo Rojas Segales
- Registrado en el libro de Tomas de Razón: Sexto
