CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
Del recurso de casación de MADEXBOL
a) Respecto a que el Auto de Vista recurrido habría omitido copiar la última parte de la cláusula tercera del contrato ALCC-154/97, la cual demostraría que Y.P.F.B., reconocía cierto monto a favor de MADEXBOL por los envases de los productos elaborados, debemos señalar que la falta de omisión a la cual hace referencia la recurrente corresponde a la forma del recurso de casación mas no así al fondo, como equivocadamente lo hizo la recurrente razón por la cual no corresponde referirnos al respecto; sin embargo es preciso aclarar que resulta ilógico que al margen de acusar la omisión de dicha cláusula, se reclame error de hecho o de derecho, pues no se puede incurrir en errónea apreciación de algo que supuestamente no se consideró
Del recurso de casación de MADEXBOL
a) Respecto a que el Auto de Vista recurrido habría omitido copiar la última parte de la cláusula tercera del contrato ALCC-154/97, la cual demostraría que Y.P.F.B., reconocía cierto monto a favor de MADEXBOL por los envases de los productos elaborados, debemos señalar que la falta de omisión a la cual hace referencia la recurrente corresponde a la forma del recurso de casación mas no así al fondo, como equivocadamente lo hizo la recurrente razón por la cual no corresponde referirnos al respecto; sin embargo es preciso aclarar que resulta ilógico que al margen de acusar la omisión de dicha cláusula, se reclame error de hecho o de derecho, pues no se puede incurrir en errónea apreciación de algo que supuestamente no se consideró
- Proceso: Cumplimiento de obligación
- Distrito: Cochabamba
- CONSIDERANDO I:
- Contra la referida Sentencia, Gloria Fátima Castellón Terrazas en representación de YPFB, interpuso Recurso de
- En merito a esos antecedentes, la Sala Civil Primera de la entonces Corte Superior del
- Resolución que dio lugar al Recurso de Casación interpuesto por ambas partes, las que se
- CONSIDERANDO II:
- b) Acusa que el Auto de Vista no consideró la prueba aportada, razón por la
- c) Acusa que el Auto de Vista al indicar que Y
- d) Denuncia que el Auto de Vista al hacer valer una parte del contrato, olvidó
- Recurso de casación de Y.P.F.B
- Acusa que el análisis del Tribunal de Alzada respecto de la demanda reconvencional, es lesivo
- Por lo expuesto solicita se case el auto de Vista recurrido y se declare procedente
- CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- b) Con relación a que la cláusula tercera del contrato reconocería a favor de la
- Seguidamente, el 28 de marzo de 2000 EBR
- d) Finalmente, respecto a que la adenda formaría parte del contrato principal y que cuando
- Consiguientemente y en virtud a las razones expuestas, en lo que respecta al recurso de
- Del recurso de casación de Y.P.F.B
- Y
- Por lo expuesto, en lo que respecta al recurso de casación interpuesto por Y
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán
- Fdo. Mgdo. Rómulo Calle Mamani
- Fdo. Mgda Rita Susana Nava Duran
- Ante mi Fdo. Dr. Gonzalo Rojas Segales
- Registrado en el libro de Tomas de Razón: Sexto
