Por lo que este Tribunal de Casación emite Resolución en la forma prevista en el
Finalmente los de instancia deben tomar en cuenta que a partir de la entrada en vigencia de la nueva Constitución Política del Estado de año 2009. El juzgador tiene un amplio repertorio de principios generales, procesales y constitucionales para aplicar a los casos en Resolución; entre ellos el Principio de Supremacía Constitucional, el Principio Pro Homine, por el cual el juzgador debe interpretar y aplicar las normas más favorables a las personas (partes del proceso) y sus derechos, el de Eficacia, el que supone el cumplimiento de las normas y procedimientos que deben lograr su finalidad, removiendo de oficio los obstáculos puramente formales, el Principio de Congruencia, salvaguardado por el Principio Iuria Novit Curia, que señala la facultad del derecho a determinada situación fáctica, dejando claro que el principio de congruencia inhabilita al juzgador de realizar más allá de lo demandado y probado por las parte. Esto en aras de llegar a una justicia eficaz y superar formalismos que entorpecen la administración de justicia.
Siendo que la presente Resolución es anulatoria, no corresponde ingresar al análisis de fondo de la causa.
Por lo que este Tribunal de Casación emite Resolución en la forma prevista en el art. 271 num. 3) del Código de Procedimiento Civil
Siendo que la presente Resolución es anulatoria, no corresponde ingresar al análisis de fondo de la causa.
Por lo que este Tribunal de Casación emite Resolución en la forma prevista en el art. 271 num. 3) del Código de Procedimiento Civil
- CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Asimismo señala que en fecha 10 de marzo de 2006, mediante documento de compraventa el
- Citados los demandados; Alejandro Waldo Guzmán Guzmán se apersona, allanándose a la demanda
- Contra esa Resolución Gumercinda Margarita Chacón de Guzmán, interpuso recurso de apelación a fs
- En la forma
- el colmo el Auto de Vista recurrido se limita a citar doctrina que en muchos
- En el fondo
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- Por todo lo expuesto, solicita se anule obrados hasta el vicio más antiguo, es decir
- CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- En cuanto a los agravios, donde el recurrente acusa que, sin juzgar el fondo se
- Adicionalmente a estos tres elementos que son necesarios para que concurra la autoridad de cosa
- Del análisis de la Resolución impugnada se advierte que la misma confirma la Sentencia de
- Por lo que este Tribunal de Casación emite Resolución en la forma prevista en el
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran
- Fdo. Mgdo. Rómulo Calle Mamani
- Fdo. Mgda Rita Susana Nava Duran
- Ante mi Fdo. Dr. Gonzalo Rojas Segales
- Registrado en el libro de Tomas de Razón: Sexto
