Auto Supremo AS/0567/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0567/2015-L

Fecha: 15-Jul-2015

Regístrese, comuníquese y devuélvase

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley Nº 025 de 24 de junio de 2010, Ley del Órgano Judicial, y en aplicación de los arts. 271 num. 3) y 275 del Código de Procedimiento Civil, ANULA el Auto de Vista Nº 47, de 14 de abril de 2010, cursante a fs. 361 a 363 y vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito de Tarija, y dispone que el Tribunal Ad quem, sin espera de turno y previo sorteo, pronuncie nueva Resolución debiendo ingresar a resolver la pretensión de las partes en base a los principios señalados, sea con la debida motivación y fundamentación, conforme lo dispone el art. 236 del Código Adjetivo de la Materia.
Sin multa por ser excusable el error.
En aplicación del art. 17.IV de la Ley Nº 025 notifíquese al Consejo de la Magistratura a los fines consiguientes de ley.
Regístrese, comuníquese y devuélvase