CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 128 a 128 vta., interpuesto por Jacinta Tiburcia Ramos Ayala contra el Auto de Vista Nº S-125/ de 19 de abril de 2010, de fs. 124, pronunciado por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior de Justicia de La Paz, en el proceso ordinario de divorcio seguido por Jacinta Tiburcia Ramos Ayala contra Pepe José Quecaña Quispe; la respuesta al recurso de fs. 130; el Auto de concesión de fs. 131; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Jacinta Tiburcia Ramos Ayala, adjuntó literales a ocho fojas, demanda de fs. 9 a 10 vta., amparada en la causal cuarta del art. 130 del Código de Familia, manifestando que contrajeron matrimonio con el demandado en 1985 cuando éste ya trabajaba en la Policía Nacional habiendo procreado cuatro hijos todos en edad escolar. Él demandado fue siempre una persona prepotente y abusiva de quien recibió sevicias, malos tratos, agresiones verbales y físicas constantemente sumadas a amenazas y calumnias llegando a romperle su tabique nasal por dos veces, y en el mes de junio del pasado año le agredió en público nuevamente desapareciendo del hogar para disimular. En los últimos tiempos es intolerable la vida en común pues el pasado 15 de enero sin motivo le propinó una feroz paliza intentando matarle con su arma de fuego aunque esta actitud no es reciente ya que en otras ocasiones al ser amenazada con el arma tuvo que proceder a ocultar las municiones para precautelar su vida y la de sus hijos quienes han terminado traumados por su padre. Ha intentado por medio de la Fiscalía, su abogado, etc. la de esperar un posible cambio pero contrariamente se ha vuelto mas agresivo y violento por lo que demanda divorcio absoluto y pide en medidas provisionales la tenencia de sus hijos aunque ellos siempre estuvieron bajo su cuidado, un monto de asistencia familiar a favor de ella y los hijos
CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Jacinta Tiburcia Ramos Ayala, adjuntó literales a ocho fojas, demanda de fs. 9 a 10 vta., amparada en la causal cuarta del art. 130 del Código de Familia, manifestando que contrajeron matrimonio con el demandado en 1985 cuando éste ya trabajaba en la Policía Nacional habiendo procreado cuatro hijos todos en edad escolar. Él demandado fue siempre una persona prepotente y abusiva de quien recibió sevicias, malos tratos, agresiones verbales y físicas constantemente sumadas a amenazas y calumnias llegando a romperle su tabique nasal por dos veces, y en el mes de junio del pasado año le agredió en público nuevamente desapareciendo del hogar para disimular. En los últimos tiempos es intolerable la vida en común pues el pasado 15 de enero sin motivo le propinó una feroz paliza intentando matarle con su arma de fuego aunque esta actitud no es reciente ya que en otras ocasiones al ser amenazada con el arma tuvo que proceder a ocultar las municiones para precautelar su vida y la de sus hijos quienes han terminado traumados por su padre. Ha intentado por medio de la Fiscalía, su abogado, etc. la de esperar un posible cambio pero contrariamente se ha vuelto mas agresivo y violento por lo que demanda divorcio absoluto y pide en medidas provisionales la tenencia de sus hijos aunque ellos siempre estuvieron bajo su cuidado, un monto de asistencia familiar a favor de ella y los hijos
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Pepe José Quecaña Quispe a fs
- CONSIDERANDO II: HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- De la formulación del recurso de casación se advierte que el reclamo de fondo de
- II
- De acuerdo al art
- III
- El art
- El demandado, por su parte, respondió a fs
- De la relación de la prueba literal adjunta a la demanda y de las circunstancias
- Por ello puede concluirse que ciertamente los extremos acusados en la demanda no fueron acreditados
- Sin responsabilidad para los Vocales suscriptores del Auto de Vista impugnado, a quienes, sin embargo,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran.
