El demandado, por su parte, respondió a fs
En el caso de autos, se tiene que la actora Jacinta Tiburcia Ramos Ayala de Quecaña, aparejando prueba literal cursante de fs. 7 a 8, descrita precedentemente, mediante memorial de demanda de 8 de abril de 2008, señala que su cónyuge a lo largo de su unión se caracterizó por ser abusivo y alevoso sufriendo permanentemente sevicias y malos tratos verbales y físicos bajo amenazas y calumnias de todo género habiéndole roto su tabique nasal en dos ocasiones haciendo intolerable la vida en común agravada con el intento de eliminarla con su arma de fuego, procediendo de esa misma manera contra sus hijos quienes se encuentran traumados con esa situación, habiendo tratado de solucionar en principio mediante las vías legales esperanzada en un posible cambio de actitud. Mediante memorial de 28 de mayo de 2008, fs. 16-16 vta., dirigido a la Juez de la causa, la demandante denunció que su esposo, conocedor de la demanda interpuesta en su contra, procedió a destrozar puertas, chapas, catres, vidrios, objetos pertenecientes a sus hijos, quemando su ropa e intentando atentar contra su vida y la de sus hijos, para ello adjuntó fotografías de fs. 26 a 27. Más tarde, mediante memorial de 18 de febrero de 2009 de fs. 65-65 vta., la demandante puso en conocimiento de la Juez que el demandado procedió a sacar objetos del hogar.
El demandado, por su parte, respondió a fs. 14, negativamente a la demanda, y mediante memorial de fs. 53-53 vta., impetró la reposición del decreto de fs. 46 antes referido, limitándose a fs. 71, a solicitar autos para sentencia tras renunciar a los alegatos. Sin embargo, después de que fue emitida la Sentencia y antes de que ésta fuera concedida, consta por memorial de fs. 110 a 111, su petitorio de cumplir el pago por concepto de asistencia familiar en cuotas toda vez que fue notificado con la liquidación (planilla) de fs. 57, señalando en dicha solicitud que también tiene obligaciones con otras dos hijas cuyo nacimiento acredita con los certificados adjuntos de fs. 104 y 105, y libretas escolares
El demandado, por su parte, respondió a fs. 14, negativamente a la demanda, y mediante memorial de fs. 53-53 vta., impetró la reposición del decreto de fs. 46 antes referido, limitándose a fs. 71, a solicitar autos para sentencia tras renunciar a los alegatos. Sin embargo, después de que fue emitida la Sentencia y antes de que ésta fuera concedida, consta por memorial de fs. 110 a 111, su petitorio de cumplir el pago por concepto de asistencia familiar en cuotas toda vez que fue notificado con la liquidación (planilla) de fs. 57, señalando en dicha solicitud que también tiene obligaciones con otras dos hijas cuyo nacimiento acredita con los certificados adjuntos de fs. 104 y 105, y libretas escolares
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Pepe José Quecaña Quispe a fs
- CONSIDERANDO II: HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- De la formulación del recurso de casación se advierte que el reclamo de fondo de
- II
- De acuerdo al art
- III
- El art
- El demandado, por su parte, respondió a fs
- De la relación de la prueba literal adjunta a la demanda y de las circunstancias
- Por ello puede concluirse que ciertamente los extremos acusados en la demanda no fueron acreditados
- Sin responsabilidad para los Vocales suscriptores del Auto de Vista impugnado, a quienes, sin embargo,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran.
