Auto Supremo AS/0578/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0578/2015-L

Fecha: 27-Jul-2015

III

De acuerdo al art. 180 de la Norma Suprema, la jurisdicción ordinaria se fundamenta en los principios procesales de gratuidad, publicidad, transparencia, oralidad, celeridad, probidad, honestidad, legalidad, eficacia, eficiencia, inmediatez, verdad material, debido proceso e igualdad de las partes. El principio de celeridad obliga a resolver los procesos evitando dilaciones en su tramitación, el de eficiencia para una administración pronta evitando la demora procesal, la inmediatez que promueve la solución oportuna y directa de la jurisdicción en el conocimiento y resolución de los asuntos; el de verdad material que obliga a verificar plenamente los hechos que sirven de motivo a las decisiones adoptando las medidas probatorias necesarias autorizadas por la ley aun cuando no hayan sido propuestas por las partes.
III