Auto Supremo AS/0588/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0588/2015-L

Fecha: 27-Jul-2015

2) Cuando, decretadas las pruebas en primera instancia, no se hubieren recibido por causas no

2) Cuando, decretadas las pruebas en primera instancia, no se hubieren recibido por causas no imputables a las partes que las ofrecieron. En este caso el plazo probatorio se circunscribirá a recibirlas o que dentro de él se cumplan los requisitos que faltaren para su perfeccionamiento