Auto Supremo AS/0588/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0588/2015-L

Fecha: 27-Jul-2015

En el caso en cuestión, de la revisión del contenido del memorial de fs

En el caso en cuestión, de la revisión del contenido del memorial de fs. 143 no se evidencia que el ahora recurrente ofreció aquel medio de prueba documental alguna o se ratifique en las documentales presentadas en primera instancia, sino al contrario todo su fundamento tiene como eje central la solicitud de un periodo probatorio, para que la prueba documental sea aceptada, entendimiento totalmente errado, en vista de que no resultaba necesario la apertura de un termino probatorio para la aceptación de las documentales en segunda instancia, habida cuenta que la norma no establece tal procedimiento, solicitando nuestro ordenamiento procesal simplemente la presentación de los mismos dentro del plazo que establece la ley, por cuanto las documentales señaladas no correspondían ser analizadas en segunda instancia, por lo que, no resulta procedente alegar vulneración alguna, ya que el recurrente obro fuera de lo establecido en la norma