En el caso en cuestión, se verifica que el Auto de Vista emitido en el
En el caso en cuestión, se verifica que el Auto de Vista emitido en el presente caso es anulatorio de obrados, es decir, el Tribunal de segunda instancia no consideró aspectos de fondo siendo su argumento, como se señaló, la presunta no existencia de agravios en el recurso de apelación, consecuentemente, resulta impertinente plantear recurso de casación en el fondo al no existir argumentos que pudieran considerarse con infracción a normas que pudiera analizar este Tribunal. Debiendo quedar claro que cuando se plantea recurso de casación en el fondo contra una Resolución anulatoria, ésta indudablemente será declarada improcedente
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