Auto Supremo AS/0218/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0218/2015-L

Fecha: 13-Ago-2015

Respecto a la consecuencia de la anulación por el horario de presentación, conforme al art

Respecto a la consecuencia de la anulación por el horario de presentación, conforme al art. 143-I del Código de Procedimiento Civil, pese a estar en el plazo de los cinco días perentorios para interponerlo, esta norma no es específica ni imposibilita el ejercicio intempestivo del derecho al recurso y otro acto legal extraordinario, donde los actos y diligencias normales dentro de un proceso común y ordinario, aparecen supeditadas a la existencia de una impugnación principal formulada en momento oportuno