Auto Supremo AS/0223/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0223/2015-L

Fecha: 13-Ago-2015

Que conforme la notificación de fs

Agrega el memorial de fs. 195, fue firmado y sellado únicamente por el abogado Jorge Botello, el mismo que presentó como abogado y por la apoderada momentáneamente impedida, sin embargo este memorial no es de mero trámite, por lo que debió ser rechazado por el juez de instancia, al no cumplir con lo preceptuado en el art. 92 del CPC, y al encontrarse fuera del alcance del art. 93 del CPC, sin embargo dicho memorial donde fue presentada la prueba fue admitida, y recepcionada.
Que conforme la notificación de fs. 142, el plazo de prueba de 10 días fue abierto mediante Auto de 11 de junio de 2005, que cursa a fs. 141 vta., empezando el 23 de agosto y venciendo el 7 de septiembre de 2005; sin embargo, la audiencia señalada para los testigos de cargo fue para el día 12 de septiembre, es decir cuando el periodo de prueba ya había vencido, bajo el argumento que sus testigos de cargo no se encontraban en la ciudad se solicitó nueva audiencia, la que no se llevó a cabo a raíz de que no fue notificada conforme a derecho al encontrarse en despacho el expediente, y que el juez a quo con el fundamento de evitar mayores perjuicios a las partes señalo nuevamente audiencia para el 26 de septiembre, pero de la revisión de la notificación la misma se realizó en el domicilio señalado, no existiendo ningún indicio ni prueba que hubiese sido realizada dicha diligencia en otro domicilio procesal