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    Auto Supremo AS/0395/2015-RRC-L
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0395/2015-RRC-L

    Fecha: 04-Ago-2015

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 11 de mayo de 2010, cursante de fs
    • a) En mérito a la acusación particular presentada por Mario Montaño Arroyo representante
    • b) Contra la referida Sentencia, Mario Montaño Arroyo en representación de la empresa Brink´s Bolivia
    • Luego de transcribirse parte del Auto de Vista con relación al primer punto de su
    • I.1.2. Petitorio
    • El recurrente, solicitó se deje sin efecto en parte el Auto de Vista recurrido, disponiendo
    • I.2. Admisión del recurso
    • Mediante Auto Supremo 242/2015-RA-L de 3 de junio, éste Tribunal declaró admisible el recurso de
    • II.1. De la Sentencia
    • Una vez concluido el debate del juicio oral, el Juez Segundo de Sentencia de la
    • El tipo penal previsto en el art
    • Por memorial que cursa de fs
    • II.3. Del Auto de Vista impugnado
    • Radicada la causa en la Sala Penal Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito
    • En el presente caso el Tribunal a quo, llegó al convencimiento por la prueba aportada,
    • Asimismo en el numeral II el Tribunal de alzada estableció que, en cuanto al motivo
    • III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
    • Conforme lo dispuesto por el art
    • El art
    • III.2 De los precedentes invocados
    • “Las resoluciones, para ser válidas, deben ser motivadas
    • La exigencia de motivación constituye una garantía constitucional de justicia, fundada en el régimen republicano
    • En virtud de éstas razones, la ley procesal consagra la exigencia de motivación de las
    • La motivación, a la vez que un requisito formal, que en la sentencia no se
    • La motivación debe ser expresa, clara, completa, legítima y lógica
    • a) Expresa : Porque el juez, no puede suplirla por una remisión a otros actos,
    • c) Completa: La exigencia comprende a todas las cuestiones fundamentales de la causa y a
    • Esto no implica que los hechos secundarios queden excluidos; la obligación de motivar alcanza también
    • La motivación, para ser completa, debe referirse al hecho y al derecho, valorando las pruebas
    • d) Legítima: La legitimidad de la motivación se refiere tanto a la validez intrínseca de
    • También, por supuesto, será ilegítima la motivación si se funda en prueba obtenida por un
    • Al respecto, señala Maier: "
    • e) Lógica: Finalmente se exige que la sentencia cumpla con las reglas de logicidad, de
    • “Que de acuerdo a la nueva concepción doctrinaria la apelación restringida es el medio legal
    • Conclusivamente, "En aquellos supuestos en que el Tribunal de alzada se incline por anular parcialmente
    • III.3. La debida fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales
    • Orlando A
    • Ese entendimiento fue asumido por este Tribunal mediante varios Autos Supremos, entre otros el Auto
    • III.4. Análisis del caso planteado
    • Ante la denuncia que el Auto de Vista en la Resolución del primer punto de
    • El Auto de Vista impugnado a tiempo de resolver el agravio relativo a la errónea
    • Del razonamiento arribado por el Tribunal de alzada, se tiene que la citada conclusión es
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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