Auto Supremo AS/0395/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0395/2015-RRC-L

Fecha: 04-Ago-2015

Ante la denuncia que el Auto de Vista en la Resolución del primer punto de


Ante la denuncia que el Auto de Vista en la Resolución del primer punto de su apelación restringida, incurrió en errónea aplicación de la ley sustantiva, ya que no realizaron un examen de la subsunción del hecho al tipo penal acusado que requiere la manipulación del sistema informático contradiciendo lo establecido en los Autos Supremos 342 de 28 de agosto de 2006 y 317 de 13 de junio de 2003, debido a que no se hubiese resuelto la impugnación en cuanto a la errónea subsunción realizada por el Juez; hecho que se resalta de la lectura del Auto de Vista en la que en contraposición de la doctrina invocada, no se motiva expresa, clara, completa, legitima y de forma lógica las razones del porqué de su resolución