Auto Supremo AS/0395/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0395/2015-RRC-L

Fecha: 04-Ago-2015

Por memorial que cursa de fs


II.2. De la apelación restringida.

Por memorial que cursa de fs. 381 a 385 vta., el imputado interpuso recurso de apelación restringida contra la Sentencia pronunciada, teniendo como fundamentos de los agravios denunciados en dicha etapa y que son motivo de casación, que:

En la sentencia el Juez inobservó y aplicó erróneamente la ley sustantiva [art. 370 incs. 1), 4), 5) y 6) de la Ley 1970], señalando que existe errónea calificación de los hechos al tipo penal acusado, pues este en su aspecto subjetivo es un delito doloso, además de que se requiere la manipulación de datos informáticos, en consecuencia para la configuración de este ilícito necesariamente debe efectuarse una manipulación o alteración de datos informáticos; sin embargo, esta manipulación como lo explicó el consultor técnico propuesto por la acusación puede ser en los datos informáticos de entrada de procesamiento o de salida, y de acuerdo los datos del proceso y por las mismas declaraciones de los testigos de cargo nunca existió una alteración o manipulación de datos informáticos, menos que acredite que el recurrente sea el que hubiere manipulado dichos datos, en consecuencia no existe una correcta adecuación de su conducta al tipo penal condenado