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    Auto Supremo AS/0396/2015-RA-L
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0396/2015-RA-L

    Fecha: 04-Ago-2015

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    • Por memoriales presentados el 29 de noviembre y 7 de diciembre de 2010, cursantes de
    • b) Contra la mencionada Sentencia el representante del Ministerio Público y la parte acusadora
    • c) El 23 de noviembre y 2 de diciembre ambos de 2010 (fs
    • De la revisión de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos
    • 2) Arguye, que el Auto de Vista no posee el fundamento jurídico y
    • 3) Alega que el Auto de Vista se pronunció sobre todas las apelaciones en
    • 1) El recurrente denuncia, que el Tribunal de alzada, ante la denuncia de infracción
    • 2) Aduce, que el Tribunal de alzada incurrió en el defecto absoluto previsto
    • 3) Expresa, que el Tribunal de alzada no debió anular la Sentencia sino dar
    • El art
    • En este contexto, el art
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
    • También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • En el caso de autos, se establece que el 23 de noviembre y el 2
    • En cuanto al primer motivo de su recurso de casación, por el cual denuncia falta
    • En relación al segundo motivo de casación, por el que la recurrente alega que el
    • Finalmente el tercer motivo de casación alega que el Ad quem se pronunció ultra petita
    • En el primer y segundo motivo de casación, en los que denunció: i) Que cuando
    • Finalmente en concordancia al tercer motivo de casación, por el que el Tribunal de alzada,
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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