Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
IV. SUPUESTOS DE FLEXIBILIZACIÓN A LOS REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la existencia de un alto porcentaje de denuncias de falta de debida fundamentación o incongruencia omisiva en la resolución de los recursos de apelación restringida, o en su caso de existencia de agravios generados por la valoración probatoria efectuada dentro del proceso, invocando en todos estos supuestos la vulneración de derechos o garantías fundamentales, en cuyo mérito, se solicita la apertura excepcional de competencia del Tribunal de Casación, a los fines de que no obstante la falta de concurrencia de los requisitos de admisibilidad, como la invocación de precedente y la explicación fundada de contradicción con la resolución impugnada, se ingrese a resolver el fondo del asunto planteado en el recurso de casación: sin embargo, ante la verificación de falencias detectadas por este Tribunal en su planteamiento, ve la necesidad de efectuar las siguientes precisiones
- Por memoriales presentados el 29 de noviembre y 7 de diciembre de 2010, cursantes de
- b) Contra la mencionada Sentencia el representante del Ministerio Público y la parte acusadora
- c) El 23 de noviembre y 2 de diciembre ambos de 2010 (fs
- De la revisión de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Arguye, que el Auto de Vista no posee el fundamento jurídico y
- 3) Alega que el Auto de Vista se pronunció sobre todas las apelaciones en
- 1) El recurrente denuncia, que el Tribunal de alzada, ante la denuncia de infracción
- 2) Aduce, que el Tribunal de alzada incurrió en el defecto absoluto previsto
- 3) Expresa, que el Tribunal de alzada no debió anular la Sentencia sino dar
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos, se establece que el 23 de noviembre y el 2
- En cuanto al primer motivo de su recurso de casación, por el cual denuncia falta
- En relación al segundo motivo de casación, por el que la recurrente alega que el
- Finalmente el tercer motivo de casación alega que el Ad quem se pronunció ultra petita
- En el primer y segundo motivo de casación, en los que denunció: i) Que cuando
- Finalmente en concordancia al tercer motivo de casación, por el que el Tribunal de alzada,
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
