Auto Supremo AS/0475/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0475/2015-RA-L

Fecha: 13-Ago-2015

Tal como se indicó precedentemente, la labor de este Tribunal Supremo de Justicia se encuentra


V.2. Recurso de casación de Ninette Karina Cornejo Imaña

En cuanto a los motivos primero y segundo, relativos, el primero, a que la Sentencia omitió describir las dos hipótesis planteadas por el Ministerio Público y por parte de la acusada, limitándose a su criterio, a considerar únicamente la propuesta por el Fiscal, copiando inclusive de manera textual la misma en el fallo; y el segundo referido a que, supuestamente no fue considerada su declaración, porque no se la tomó en cuenta a tiempo de emitirse la Sentencia. Sobre ambas denuncias señala la ahora recurrente, que no obstante que denunció dichos extremos a tiempo de plantear su apelación restringida, el Tribunal de alzada no le reparó las lesiones a sus derechos a la defensa, debido proceso y derecho de autor.

Tal como se indicó precedentemente, la labor de este Tribunal Supremo de Justicia se encuentra restringida a efectuar un control eminentemente de derecho sobre el contenido y lo resuelto en el Auto de Vista cuestionado, siempre en correlación a las actuaciones realizadas por el Tribunal de alzada, así se desprende de lo establecido en los arts. 416 y 417 del CPP, referidos a la procedencia y requisitos indispensables que viabilicen la admisibilidad del recurso de casación; en los que se dispone que este medio de impugnación procede para refutar Autos de Vista dictados por las Cortes Superiores de Justicia contrarios a otros precedentes pronunciados por los Tribunales Departamentales de Justicia, antes Cortes Superiores y Autos Supremos dictados por las Salas Penales del Tribunal Supremo de Justicia que sienten o ratifiquen doctrinal legal