Auto Supremo AS/0477/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0477/2015-RA-L

Fecha: 13-Ago-2015

Agrega que ante tales denuncias, el Auto de Vista se limitó a confirmar la Sentencia


Agrega que ante tales denuncias, el Auto de Vista se limitó a confirmar la Sentencia con el solo fundamento de que dicho fallo, está debidamente motivado sobre cada una de las excepciones conforme a la sana crítica, con objetividad e imparcialidad, luego de valorar todos los datos y elementos existentes, que fueron rechazados con la debida fundamentación; con relación a la errónea aplicación de la ley sustantiva, se concretó a señalar que la acusada apelante no indicó de manera objetiva la aplicación que se pretende, tampoco fundamentó debida y separadamente cada violación; ello, sin observar ni estudiar el recurso de alzada. Invoca en calidad de precedentes contradictorios, invoca las SSCC 0123/2001-R, 0798/2007-R, 0752/2002-R, 1369/2001, 0577/2004-R de 15 de abril; y los Autos Supremos 472 de 8 de diciembre de 2005, 14 de 26 de enero de 2007, 122 de 24 abril de 2006, 702 de 24 de noviembre de 2004 y 417 de 19 de agosto de 2003, que estarían referidos a que la falta de fundamentación provoca defectos absolutos, incursos en los arts. 370 inc. 5) en relación al 169 inc. 3), ambos del CPP