Auto Supremo AS/0515/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0515/2015-RA-L

Fecha: 13-Ago-2015

En cuanto al primer motivo, en el que se hace referencia a que, los imputados


En cuanto al primer motivo, en el que se hace referencia a que, los imputados en sus recursos de apelación restringida denunciaron inobservancia o errónea aplicación de la norma sustantiva y adjetiva, motivo que en primera instancia fue rechazado por el Tribunal de alzada por no haberse precisado la norma sustantiva erróneamente aplicada, y que en consecuencia correspondía aplicar el art. 399 del CPP es decir, conminarse a los recurrentes para que subsanen sus recursos y no de manera contraria después en base a un recurso defectuosamente formulado proceder a anular una Sentencia