Por lo anotado, el argumento que el asegurado no figura en planillas por los años
Con ese antecedente, en resguardo del derecho fundamental a la Seguridad Social; el Senasir, en el supuesto de no contar en su archivo central con planillas que les permita verificar el real tiempo de servicios de sus asegurados y por lógica establecer su real densidad de aportes, deberá considerar a este objeto, finiquitos, certificados de trabajo, boletas de pago, planillas de haberes, partes de afiliación y baja de las Cajas de Salud respectivas, record de servicios o calificación de años de servicio, contratos de trabajo, memorándums de designación y despido y tratándose de cooperativistas mineros, liquidación de internación de minerales u otros documentos equivalentes, presentados por el asegurado, considerando que esta documentación tiene eficacia probatoria a esta finalidad al ser reconocidos por el art. 14 del DS 27543 de 31 de mayo de 2004, así como por el art. 1296. I del Código Civil (CC).
Por lo anotado, el argumento que el asegurado no figura en planillas por los años señalados, como se demuestra por el informe técnico, no es fundamento válido que haga viable lo resuelto por el Senasir en sus resoluciones, al ser restrictivas del derecho fundamental anotado; puesto que, la parte reclamante demostró con suficiencia en el caso, que prestó servicios en la casa superior de estudios, de modo que el trabajador no puede ser perjudicado por la negligencia u omisión de su empleador para impedir que perciba su renta complementaria reclamada
Por lo anotado, el argumento que el asegurado no figura en planillas por los años señalados, como se demuestra por el informe técnico, no es fundamento válido que haga viable lo resuelto por el Senasir en sus resoluciones, al ser restrictivas del derecho fundamental anotado; puesto que, la parte reclamante demostró con suficiencia en el caso, que prestó servicios en la casa superior de estudios, de modo que el trabajador no puede ser perjudicado por la negligencia u omisión de su empleador para impedir que perciba su renta complementaria reclamada
- CONSIDERANDO I
- Ante tal decisión, el asegurado interpuso recurso de reclamación (fs
- En grado de apelación interpuesto por el asegurado (fs
- Dicha resolución motivó que la entidad gestora, a través de sus representantes legales, formule recurso
- Asimismo, manifestó que los periodos anteriores y posteriores al periodo 05/82 (periodo de capitalización) se
- Por otra parte, refirió que el art
- Que, así planteado el recurso de casación en el fondo, se ingresa a resolver el
- Así, considerando los alcances de protección que tiene el derecho a la Seguridad Social; en
- Por lo anotado, el argumento que el asegurado no figura en planillas por los años
- En el caso de Autos, se observa que el asegurado adjuntó para efectos de su
- Por lo señalado, y al no ser evidente lo afirmado en el recurso de casación,
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
