Auto Supremo AS/0523/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0523/2015

Fecha: 03-Ago-2015

Por lo señalado, y al no ser evidente lo afirmado en el recurso de casación,

Los documentos mencionados son auténticos y públicos, expedidos por autoridad competente, de modo que tienen todo el valor probatorio que le asigna el art. 1289 del CC y su consideración y valoración por el Tribunal de apelación resulta correcta.
Por lo señalado, y al no ser evidente lo afirmado en el recurso de casación, corresponde resolver el recurso conforme prescriben los arts. 271.2) y 273 del Código de Procedimiento Civil (CPC), aplicables por la norma permisiva contenida en los arts. 633 del R-CSS y 15 del Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisición aprobado por Resolución Secretarial Nº 10.0.0.087 de 21 de julio de 1987