Auto Supremo AS/0538/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0538/2015-RRC-L

Fecha: 26-Ago-2015

b) Errónea aplicación de la ley, señalando: i) Se incurrió en defecto conforme a los


b) Errónea aplicación de la ley, señalando: i) Se incurrió en defecto conforme a los arts. 115 de la CPE; 124, 169 inc. 3) relacionado con el art. 370 inc. 5), 365 incs. 1) y 2) y 365 del CPP, porque que en la Sentencia no se consignaron los aspectos que forman parte de la anterior denuncia y que constan en el acta de audiencia de juicio oral, habiéndose evidenciado que el 29 de julio de 2006, los imputados ingresaron de forma violenta al inmueble ubicado en la calle Guatemala Nº 1234, de la zona de Miraflores, valiéndose de un cerrajero para ingresar al departamento del tercer piso -en cuyo interior se hallaba Violeta Castro- e introducir tres colchones para quedarse en el inmueble. Sostuvieron, que pese a haberse realizado en la Sentencia la descripción de los ilícitos de Despojo y Perturbación de Posesión, no se señaló cuáles fueron los elementos que dieron lugar a la sentencia absolutoria. Observaron que el fallo impugnado hizo referencia a Sentencias Constitucionales para su sustento, lo que consideraron errado, toda vez que dichas resoluciones no constituirían precedentes contradictorios conforme al Auto Supremo 295 de 9 de junio de 2003; ii) Errónea aplicación de los arts. 115 de la CPE; 124, 169 inc. 3) relacionado con el art. 370 inc. 1), 351 y 353 del CPP, cuestionaron la fundamentación jurídica de la Sentencia, vinculando sus reclamos con los hechos probados, los no probados y los elementos extractados de ellas, afirmaron que el contraste intelectivo de la comunidad de la prueba, descrita en el acta de audiencia de juicio oral, demostró que el departamento objeto del ilícito, se encontraba vacío porque estaba siendo refaccionado y aseado por personal de la empresa “TOTES” a solicitud de Violeta Castro y permitió el ingreso de dicho personal con el fin requerido, y que el día de los hechos los imputados introdujeron tres colchones al departamento para ser ocupado por Freddy Rivera de forma permanente, demostrándose así la responsabilidad penal de los imputados, por reunir las condiciones exigidas en cada uno de los ilícitos acusados