Auto Supremo AS/0538/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0538/2015-RRC-L

Fecha: 26-Ago-2015

La parte querellante, mediante memorial presentado el 10 de febrero de 2010 (fs


Realizan también observaciones al recurso de alzada y argumentan en contrario transcribiendo parcialmente la Sentencia y concluyen afirmando que no es evidente que exista valoración parcial o incompleta de la prueba, que contrariamente, se puede verificar que se tomaron en cuenta todos los medios de prueba que acreditan que el inmueble objeto de la acción penal se encontraba vacío, no concurrió ni un sólo elemento constitutivo del tipo en sus conductas, respecto a los delitos acusados.

I.1.2. Petitorio

El representante legal de los imputados solicita que, una vez admitido el recurso, se mantenga firme y subsistente la Sentencia que declara “LA INOCENCIA” de sus mandantes, por corresponder así, en estricto derecho, conforme a los alcances de la justicia pronta, tutela judicial efectiva y los principios constitucionales, como el derecho a la defensa, presunción de inocencia, celeridad y verdad material.

I.1.3. Respuesta de la parte contraria

La parte querellante, mediante memorial presentado el 10 de febrero de 2010 (fs. 1076 y vta.), observó el memorial de casación, argumentando que si bien se encontraba presentado a nombre de David Nemesio Cárdenas, en representación legal de Edgar Jorge Lobo Romano y Christian Lobo Pareja, así como también por Harold Jarandilla Mey por Bianca del Carmen Lobo Pareja, este último, no habría suscrito el memorial, solicitando en consecuencia se declare inadmisible el recurso de casación en relación a la prenombrada coimputada