Auto Supremo AS/0547/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0547/2015

Fecha: 04-Ago-2015

El Tribunal de apelación estableció que el actor fue contratado el 12 de marzo de

El Tribunal de apelación estableció que el actor fue contratado el 12 de marzo de 2007 y la desvinculación laboral fue el 26 de junio de 2011, periodo por el cual la entidad demandada habría pagado sus beneficios sociales conforme a Ley (finiquito de fs. 12), y que el tiempo anterior al 12 de marzo de 2007, no corresponde ser considerado debido a que el demandante tenía la condición de funcionario público, condición vigente hasta la promulgación de la Ley Nº 3613 de 12 de marzo de 2007; decisión que el demandante ahora recurrente cuestiona, argumentando que su relación laboral se inició con anterioridad a la vigencia del DS Nº 25366 de 26 de abril de 1999 y en consecuencia correspondería reconocer sus beneficios sociales por todo el periodo demandado, desde el 7 de febrero de 1999 hasta el 26 de junio de 2011, en apego a la LGT y DS Nº 8141 de 16 de noviembre de 1967, así como a la jurisprudencia contenida en el Auto Supremo 175-S de 27 de abril de 2010; a cuyo efecto, corresponde señalar lo siguiente:
Que, por lo dispuesto en el art. 1 del DS Nº 8141 de 16 de noviembre de 1967, los trabajadores y empleados del Servicio Nacional de Caminos y hasta la vigencia del DS Nº 25366 de 26 de abril de 1999, se encontraban sujetos al ámbito de la LGT y sus disposiciones complementarias, reglamentarias y ampliatorias o modificatorias