Auto Supremo AS/0567/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0567/2015

Fecha: 18-Ago-2015

A efectos de resolver la presente controversia es necesario precisar que en materia laboral rigen

A efectos de resolver la presente controversia es necesario precisar que en materia laboral rigen principios de protección al trabajador, entre ellos se encuentra el de primacía de la realidad, mismo que es entendido por la doctrina como la valoración preferente de las condiciones reales que presentasen en los hechos, los cuales se superponen a los contenidos que consten documentalmente. Dicho principio establece que “en caso de discordancia entre lo que ocurre en la práctica y lo que surge de documentos o acuerdos, debe darse preferencia a lo primero, es decir, a lo que sucede en el terreno de los hechos”. (Plá Rodríguez, Américo. “Los principios del Derecho del Trabajo”, 1990, pág. 243).En análoga dirección se ha dicho que "...Conforme a [este principio], cuando no hay correlación entre lo que ocurrió en los hechos y lo que se pactó o se documentó, hay que dar primacía a los primeros. Prima la verdad de los hechos (no la forma) por sobre la apariencia". (Vilard Vásquez, Antonio; citado en el Auto Supremo Nº 007 de 28 de marzo de 2012)