Por lo anotado, éste Tribunal advierte que la parte demandada no ha desvirtuado con prueba
Por lo anotado, éste Tribunal advierte que la parte demandada no ha desvirtuado con prueba eficaz, pertinente y suficiente, los hechos afirmados por la parte actora en su demanda, como era su obligación de acuerdo al principio de la inversión de la prueba que rige material laboral; bajo tales razonamientos, éste Tribunal tampoco encuentra que el fallo recurrido haya incurrido en posible error en la apreciación de la prueba, como pretende hacer ver la parte recurrente
- CONSIDERANDO I
- Interpuesto el recurso de apelación por la parte demandada (fs
- Dicha Resolución motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- Que la parte demandada presentó pruebas en los tiempos y plazos procesales, y dando cumplimiento
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia anule el Auto de Vista confutado y
- Que, así formulado el recurso de casación y considerando los antecedentes del proceso así como
- Al respecto, consideramos necesario partir recordando la previsión normativa fundamental contenida en el art
- No obstante que la parte demandada, a tiempo de contestar a la demanda (fs
- Si bien en casación se reclama que las literales de fs
- Una cuestión de hecho que el Juez A quo, consideró importante y sobre el cual
- Por lo anotado, éste Tribunal advierte que la parte demandada no ha desvirtuado con prueba
- Se regula honorario profesional del abogado de la parte demandante la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
