Dicen los recurrentes que el Auto de Vista reitera los errores de la Sentencia, por
II.1.3. Problemáticas traídas a casación
Dicen los recurrentes que el Auto de Vista reitera los errores de la Sentencia, por cuanto no se tuvo presente que la relación que los unió con el actor, fue un contrato de aprendizaje y no una relación laboral, argumentando ello con la versión de que este último fue contratado de forma verbal para la realización de trabajos como ayudante de mecánica, con un pago de Bs.300.-, apoyados en lazos de amistad con su padre; ocurriendo que ante la pérdida de dinero y otros enseres del taller se pidió al demandante que deje de asistir; con tales argumentos el recurso de casación acusan errónea interpretación del art. 16.e) y g) y el art. 28 ambos de la LGT
Dicen los recurrentes que el Auto de Vista reitera los errores de la Sentencia, por cuanto no se tuvo presente que la relación que los unió con el actor, fue un contrato de aprendizaje y no una relación laboral, argumentando ello con la versión de que este último fue contratado de forma verbal para la realización de trabajos como ayudante de mecánica, con un pago de Bs.300.-, apoyados en lazos de amistad con su padre; ocurriendo que ante la pérdida de dinero y otros enseres del taller se pidió al demandante que deje de asistir; con tales argumentos el recurso de casación acusan errónea interpretación del art. 16.e) y g) y el art. 28 ambos de la LGT
- CONSIDERANDO I
- En conocimiento del precitado fallo la parte demandada interpuso recurso de apelación (fs
- En conocimiento de aquel Auto de Vista los demandados, oponen recurso de casación, a través
- La parte recurrente, pide que su recurso sea elevado al Tribunal superior
- CONSIDERANDO II
- Sobre la anterior comprensión es pertinente señalar que el principio de inversión de la prueba,
- Comoquiera que tal figura al sentir de la norma boliviana constituye un contrato de trabajo
- En definitiva, se arriba al convencimiento de que el contrato de aprendizaje conlleva un tipo
- Dicen los recurrentes que el Auto de Vista reitera los errores de la Sentencia, por
- En primer término, corresponde precisar los argumentos por los que el Tribunal de Alzada asumió
- En cuanto a la existencia de un contrato de aprendizaje como se refirió en el
- Estos aspectos descritos ut supra, desvirtúan lo aseverado por los recurrentes, por cuanto dada la
- Por lo expuesto, en mérito a los antecedentes y fundamentos referidos, al no haber incurrido
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
