En conocimiento del precitado fallo la parte demandada interpuso recurso de apelación (fs
I.1.2. Auto de Vista
En conocimiento del precitado fallo la parte demandada interpuso recurso de apelación (fs. 74 y vta.), resuelto por el Auto de Vista descrito al prefacio, que determinó confirmar la Sentencia de grado en todas sus partes
En conocimiento del precitado fallo la parte demandada interpuso recurso de apelación (fs. 74 y vta.), resuelto por el Auto de Vista descrito al prefacio, que determinó confirmar la Sentencia de grado en todas sus partes
- CONSIDERANDO I
- En conocimiento del precitado fallo la parte demandada interpuso recurso de apelación (fs
- En conocimiento de aquel Auto de Vista los demandados, oponen recurso de casación, a través
- La parte recurrente, pide que su recurso sea elevado al Tribunal superior
- CONSIDERANDO II
- Sobre la anterior comprensión es pertinente señalar que el principio de inversión de la prueba,
- Comoquiera que tal figura al sentir de la norma boliviana constituye un contrato de trabajo
- En definitiva, se arriba al convencimiento de que el contrato de aprendizaje conlleva un tipo
- Dicen los recurrentes que el Auto de Vista reitera los errores de la Sentencia, por
- En primer término, corresponde precisar los argumentos por los que el Tribunal de Alzada asumió
- En cuanto a la existencia de un contrato de aprendizaje como se refirió en el
- Estos aspectos descritos ut supra, desvirtúan lo aseverado por los recurrentes, por cuanto dada la
- Por lo expuesto, en mérito a los antecedentes y fundamentos referidos, al no haber incurrido
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
