ANTECEDENTES DEL PROCESO
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 625/2015 – L
Sucre: 3 de Agosto 2015
Expediente: LP-147-10-S
Partes: María del Rosario Paredes Tapia por sí y en representación Gabriel
Alejandro Paredes Tapia c/ José Miguel Barahona Rosquellas y
Eduardo Flores Rodríguez
Proceso: Reivindicación, posesión restitutoria, mejor derecho propietario, acción
negatoria, daños y perjuicios
Distrito: La Paz
VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 249 a 252, impugnando el Auto de Vista Nº S-237, de fecha 11 de agosto de 2010, de fs. 240 a 242 y vta., pronunciado por la Sala Civil Cuarta de la Corte Superior Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso de Reivindicación, posesión restitutoria, mejor derecho propietario, acción negatoria y daños y perjuicios, seguido a instancia de María del Rosario Paredes Tapia por sí y en representación de Gabriel Alejandro Paredes Tapia contra José Miguel Barahona Rosquellas y Eduardo Flores Rodríguez, la respuesta al recurso de casación de fs. 257 a 258, la concesión de fs. 259, los antecedentes del proceso y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
María del Rosario Paredes Tapia en nombre propio y en representación de Gabriel Alejandro Paredes Tapia interpuso demanda de reivindicación restitución posesoria, mejor derecho propietario, acción negatoria y daños y perjuicios contra José Barahona Rosquellas y Eduardo Flores Rodríguez, argumentando que ostentan derecho propietario sobre el inmueble ubicado en la calle Abdón Saavedra Nº 1926 interior, zona Sopocachi, derecho propietario que lo han adquirido por sucesión hereditaria al fallecimiento de sus padres Abdón Paredes y Marina Tapia Vda. de Paredes, sin embargo, indica que se encuentran en posesión José Miguel Barahona Rosquellas de una habitación que da al callejón o pasillo de servidumbre y que Eduardo Andrés Flores Rodríguez, ocupa dos habitaciones más una cocina, que se encuentra en colindancia con el patio interior del inmueble, ambos detentadores no tienen título propietario, los mismos que se encuentran en posesión de forma abusiva y prepotente
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 625/2015 – L
Sucre: 3 de Agosto 2015
Expediente: LP-147-10-S
Partes: María del Rosario Paredes Tapia por sí y en representación Gabriel
Alejandro Paredes Tapia c/ José Miguel Barahona Rosquellas y
Eduardo Flores Rodríguez
Proceso: Reivindicación, posesión restitutoria, mejor derecho propietario, acción
negatoria, daños y perjuicios
Distrito: La Paz
VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 249 a 252, impugnando el Auto de Vista Nº S-237, de fecha 11 de agosto de 2010, de fs. 240 a 242 y vta., pronunciado por la Sala Civil Cuarta de la Corte Superior Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso de Reivindicación, posesión restitutoria, mejor derecho propietario, acción negatoria y daños y perjuicios, seguido a instancia de María del Rosario Paredes Tapia por sí y en representación de Gabriel Alejandro Paredes Tapia contra José Miguel Barahona Rosquellas y Eduardo Flores Rodríguez, la respuesta al recurso de casación de fs. 257 a 258, la concesión de fs. 259, los antecedentes del proceso y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
María del Rosario Paredes Tapia en nombre propio y en representación de Gabriel Alejandro Paredes Tapia interpuso demanda de reivindicación restitución posesoria, mejor derecho propietario, acción negatoria y daños y perjuicios contra José Barahona Rosquellas y Eduardo Flores Rodríguez, argumentando que ostentan derecho propietario sobre el inmueble ubicado en la calle Abdón Saavedra Nº 1926 interior, zona Sopocachi, derecho propietario que lo han adquirido por sucesión hereditaria al fallecimiento de sus padres Abdón Paredes y Marina Tapia Vda. de Paredes, sin embargo, indica que se encuentran en posesión José Miguel Barahona Rosquellas de una habitación que da al callejón o pasillo de servidumbre y que Eduardo Andrés Flores Rodríguez, ocupa dos habitaciones más una cocina, que se encuentra en colindancia con el patio interior del inmueble, ambos detentadores no tienen título propietario, los mismos que se encuentran en posesión de forma abusiva y prepotente
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contestada la demanda por los demandados por separado interponen excepciones de oscuridad e imprecisión en
- Tramitado el proceso el Juez de la causa pronunció Sentencia Nº 692, de fecha 24
- El recurrente, interpone recurso de casación en la forma y en el fondo expresando los
- Menciona falta de notificación con el informe pericial de fs
- En el fondo
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Respecto a falta de notificación con el informe pericial de fs
- I
- IV
- Al respecto de la revisión de la sentencia Nº 692/2009 cursante de fs
- Por lo indicado concluiremos que, los Tribunales de instancia obraron conforme a derecho correspondiendo emitir
- POR TANTO
- Se regula honorario profesional en la suma Bs. 1000
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda Dra. Rita Susana Nava Durán.
