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    Auto Supremo AS/0642/2015-L
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0642/2015-L

    Fecha: 05-Ago-2015

    Distrito: La Paz

    TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA S A L A C I V I L


    Auto Supremo: 642/2015 - L
    Sucre: 05 de agosto 2015
    Expediente: LP– 104 – 10 – S
    Partes: Félix Conde Oraqueni. c/ Jorge Berrios Gutiérrez.
    Proceso: Acción de Reivindicación de Bien Inmueble, más Pago de Daños y
    Perjuicios.
    Distrito: La Paz
    • Distrito: La Paz
    • CONSIDERANDO I:
    • Ante las reiteradas solicitudes de desalojo que le hizo le demandante a Jorge Berrios Gutiérrez,
    • Citado el demandado, mediante memorial de fs
    • Sustanciado el proceso en primera instancia el Juez Séptimo de Partido en lo Civil -
    • En la forma
    • 2
    • En el fondo
    • Por lo que en la forma pide anular obrados hasta la admisión de la demanda
    • CONSIDERANDO III:
    • En ese entendido, diremos que los procesos tenían que instaurarse ante la autoridad competente o
    • Al respecto se debe tomar en cuenta que: se entiende por herencia y sucesión, el
    • En este antecedente, se tiene claramente establecido que al fallecimiento de una persona, entran en
    • Por todo lo señalado precedentemente, se concluye que el Ad quem consideró correctamente la normativa
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.

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