En la forma
CONSIDERANDO II: HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
Del contenido del Recurso de Casación se resume lo siguiente:
En la forma:
1.- Señala que el Tribunal de Alzada al confirmar la Sentencia de primera instancia, que declaró improbada la demanda principal, no habría hecho un análisis minuciosos y exhaustivo de la prueba de cargo, indicando de forma equivocada que la vía para la desocupación y entrega del inmueble sería el desalojo con el argumento de que la demandada Teresa Gladi Osinaga sería inquilina, aspecto que no habría probado en el curso del proceso, ya que recurrente habría referido que los otros ocupantes de su inmueble si habrían ingresado como inquilinos, pero no de él sino de los anteriores propietarios, pues cuando el adquirió el inmueble la demandada ya se encontraba viviendo en él
Del contenido del Recurso de Casación se resume lo siguiente:
En la forma:
1.- Señala que el Tribunal de Alzada al confirmar la Sentencia de primera instancia, que declaró improbada la demanda principal, no habría hecho un análisis minuciosos y exhaustivo de la prueba de cargo, indicando de forma equivocada que la vía para la desocupación y entrega del inmueble sería el desalojo con el argumento de que la demandada Teresa Gladi Osinaga sería inquilina, aspecto que no habría probado en el curso del proceso, ya que recurrente habría referido que los otros ocupantes de su inmueble si habrían ingresado como inquilinos, pero no de él sino de los anteriores propietarios, pues cuando el adquirió el inmueble la demandada ya se encontraba viviendo en él
- Proceso: Reivindicación, desocupación y entrega de inmueble
- CONSIDERANDO I:
- Señala que los demandados se encuentran ocupando parte de su inmueble arbitrariamente, que si bien
- Citados los demandados, Emilse Dávalos Saavedra mediante memorial de fs
- Sustanciado el proceso en primera instancia el Juez Décimo de Partido en lo Civil y
- En la forma
- 2
- 3
- 4
- En el fondo
- En base a los fundamentos expuestos, solicita al Tribunal Supremo case el Auto de Vista
- A los agravios denunciados, el recurrente considera que se habría violado el art
- En el caso que nos ocupa la resolución objeto del presente recurso luego de revisar
- De la contrastación del recurso y los actuados procesales que cursan obrados se tiene que
- El art
- Por consiguiente el Auto de Vista al considerar que la Sentencia apelada no habría cometido
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Sin multa para los de instancia por ser excusable
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
