Auto Supremo AS/0662/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0662/2015-L

Fecha: 12-Ago-2015

FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN

En base a esos antecedentes, en su petitorio concluye indicando que interpone recurso de casación en el fondo por la causal del art. 253 inc. 3) y 255 inc. 3) del CPC, invocando al Tribunal superior case y rechace la declaratoria de perención de instancia por considerar que no corresponde en derecho.

CONSIDERANDO III:
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
Con respecto al instituto jurídico de la perención conocido también como caducidad de la instancia, debemos empezar citando el aporte doctrinario de Hugo Alsina, quien en su Obra “Tratado Teórico Práctico de Derecho Procesal Civil y Comercial”, Tomo IV, Pág. 423 a 425, Segunda Edición 1961, Editorial EDIAR SOC. ANON. EDITORES, al conceptualizar dicho instituto deja establecido los siguientes aspectos de importancia:
a) “El interés público exige que los procesos no permanezcan paralizados indefinidamente; no sólo porque la subsistencia de la litis es contraria al establecimiento del orden jurídico, sino porque la relación procesal también comprende al órgano jurisdiccional, y esa vinculación no puede quedar supeditada en el tiempo al arbitrio de las partes, a quienes en materia civil corresponde el impulso del procedimiento