Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0679/2015-L
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0679/2015-L

    Fecha: 13-Ago-2015

    Por lo expuesto, corresponde emitir Resolución en la forma prevista en los arts

    Por lo expuesto, corresponde emitir Resolución en la forma prevista en los arts. 271 num. 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil
    • CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Contra la referida Sentencia, Delina Zilvetty Salazar y Nereo Zilvetty Salazar, interpusieron Recurso de Apelación
    • En merito a esos antecedentes, la Sala Civil Primera de la entonces Corte Superior del
    • HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
    • Señala que ni el Juez A quo ni el Tribunal Ad quem consideraron los fundamentos
    • Finalmente refiere que el Auto de Vista confirmó la Sentencia sin tomar en cuenta, que
    • Por lo expuesto, los recurrentes solicitan se case el Auto de Vista recurrido y se
    • FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
    • Por otra parte, respecto al análisis de que la simulación absoluta no procedería entre las
    • En ese entendido, en lo concerniente a lo que debe entenderse como parte o tercero,
    • Bajo ese entendimiento, en el caso de Autos, entre otras pretensiones, los recurrentes pretenden la
    • Finalmente, en lo referente a que el contrato contenido en el documento de fs
    • Por lo expuesto, corresponde emitir Resolución en la forma prevista en los arts
    • POR TANTO
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca