Sobre el particular corresponde señalar que el art
Sobre el particular corresponde señalar que el art. 74 y 124 de la Ley de Organización Judicial, en lo concerniente al sorteo y distribución de expedientes, refieren que el mismo debe realizarse bajo la dirección del respectivo presidente de cada Sala, extremo que en el caso de Autos aconteció, pues de la revisión de obrados (fs. 534 vta.) se tiene que cuando se realizó el sorteo del vocal relator en fecha 18 de junio de 2010, el mismo fue efectuado bajo la dirección del Presidente de la Sala Civil Primera Dr. Julio Huarachi Pozo, quien estampo su firma y sello respectivo en la parte inferior del sello de sorteo; extremo que demuestra que se cumplió con la norma citada, pues la misma no exige que deban concurrir mínimamente dos vocales sino que el sorteo sea realizado bajo la dirección del Presidente de Sala
- Oscar Fernández Córdova
- Distrito: Oruro
- CONSIDERANDO I:
- Contra la referida Sentencia, Juan Carlos Contreras Fernández, interpuso Recurso de Apelación cursante de fs
- Resoluciones que dieron lugar al Recurso de Casación en la forma y en el fondo,
- I
- - Art
- II
- - La aceptación de los demandados de la existencia de los pagos detallados en el
- - La existencia de una demasía cancelada a los demandados de $us
- - La negación del Juez A quo, al haber expresado de manera citra petita que
- - Que las declaraciones verbales de los demandados o de los testigos no pueden
- - Haber valorado sólo la confesión de uno de los codemandados sin valorar la declaración
- - Sobre la determinación en sentencia que el pago de daños y perjuicios se averiguaría
- En el fondo
- Aduce la existencia de error de derecho en la apreciación de la prueba pericial, porque
- Denuncia que no se valoró los informes periciales que cursan de fs
- Por las razones expuestas el recurrente solicita anular obrados para que el Tribunal de Apelación
- En la forma
- Sobre el particular corresponde señalar que el art
- Respecto a la vulneración del art
- De lo señalado se tiene que los extremos acusados en este primer punto del recurso
- Por los fundamentos precedentemente vertidos, en lo referente al recurso de casación en la forma,
- De esta manera, en virtud a las razones expuestas, en lo referente al Recurso de
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
