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    Auto Supremo AS/0693/2015-L
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0693/2015-L

    Fecha: 14-Ago-2015

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    • CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • María Elena Alonzo Arce de Enríquez, de fs
    • Por auto de 19 de marzo de 2008, de fs
    • Sobre la interpretación errónea o aplicación indebida de la ley
    • Enfatiza que no se ha respetado el acuerdo de los herederos plasmado en la Minuta
    • Refiere que las disposiciones establecidas en el Código Civil, determinan que sólo se dividen los
    • Sobre la apreciación de las pruebas
    • En cuanto al primer reclamo que de manera genérica acusan la interpretación errónea o aplicación
    • En ese entendido, en la Sentencia de 2 de junio de 2010, que ha sido
    • Es en ese sentido que las partes, dentro de esos convenios internos familiares, se sometieron
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Se regula el honorario profesional en la suma Bs.1.000 (Un Mil Bolivianos 00/100)
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran.

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