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    Auto Supremo AS/0705/2015
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0705/2015

    Fecha: 25-Ago-2015

    Regístrese, comuníquese y devuélvase

    Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Contra dicha Resolución, Elena de la Riva Vda
    • CONSIDERANDO II: DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
    • Refiere como especie de agravio que el Tribunal de alzada no dio una correcta apreciación
    • CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
    • En ese sentido conviene previamente referirse de manera breve a los alcances que establece el
    • En ese contexto normativo, la Constitución Política del Estado y el Código del Niño, Niña
    • En la sub lite, los recurrentes señalan que el Auto de Vista, habría confundido las
    • Es en ese sentido el Tribunal de alzada al momento de pronunciar Resolución, baso su
    • Respecto a lo primero, si bien se ha demostrado la existencia de hechos que implican
    • De lo expuesto precedentemente, se infiere con claridad que no existe violación de norma alguna
    • Por lo anteriormente señalado corresponde resolver en la forma prevista por los arts
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani

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