Auto Supremo AS/0735/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0735/2015

Fecha: 28-Ago-2015

ANTECEDENTES DEL PROCESO

Proceso: Nulidad de documento de préstamo de dinero
Distrito: Cochabamba
VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 174 a fs. 176 y vta., impugnando el Auto de Vista Nº REG/S.CII/RR/ASEN.63/16.02.2011, de fecha 16 de febrero de 2011, pronunciado por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso de nulidad de documento de préstamo de dinero seguido a instancia de Elizabeth Marlen Zelada Darras de Arredondo contra el Banco Industrial Bisa S.A., la respuesta al recurso de casación de fs. 180 a 182, la concesión de fs. 182 vta., los antecedentes del proceso y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Elizabeth Marlen Zelada Darras de Arredondo interpuso demanda de nulidad de Escritura Pública de préstamo de dinero, argumentando que contrajo matrimonio con Alberto Arredondo Peña en fecha 10 de junio de 1995 y que durante la vigencia de su matrimonio adquirieron varios muebles e inmuebles, entre ellos un bien inmueble de 900.20 m2., de superficie, sito en la Avenida San Martín Distrito 10, sub distrito 12, cuyo régimen de propiedad horizontal se otorgó según testimonio Nº 825 de fecha 16 de mayo de 1997. Asimismo indica que su esposo sin su consentimiento y sin considerar la ganancialidad del bien inmueble, ha suscrito una Escritura Pública de préstamo de dinero y constitución de garantías hipotecarias por el monto de $us. 350.000, con el Banco Industrial Bisa S.A. Sucursal Cochabamba sin constar en cláusula alguna la aceptación de la demandante, por lo que al amparo de los arts. 452 y 549 del Código Civil interpuso demanda de nulidad de la Escritura Pública de préstamo contra el Banco Industrial Bisa S.A