Contra la referida Resolución la demandante Elizabeth Marlen Zelada Darras a través de su apoderado
Contra la referida Resolución la demandante Elizabeth Marlen Zelada Darras a través de su apoderado legal interpuso recurso de apelación, en conocimiento del mencionado recurso, la Sala Civil Segunda de la Corte Superior de Justicia de Cochabamba pronunció Auto de Vista, de fecha 4 de Octubre de 2007, cursante a fs. 142 anuló el proceso hasta fs. 122 inclusive por pérdida de competencia del Juez de Partido Cuarto en lo Civil de la Capital, debiendo esta autoridad remitir el expediente al Juez suplente a objeto de que emita nueva Resolución
- S.A
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Citado el banco el mismo contesta negativamente a la demanda indicando que la relación jurídica
- Tramitado el proceso por el Juez de la causa éste pronunció Sentencia de fecha 21
- Contra la referida Resolución la demandante Elizabeth Marlen Zelada Darras a través de su apoderado
- En mérito a la resolución de Alzada el Juez Sexto de Partido en lo Civil
- Contra esta Resolución la demandante Elizabeth Marlen Zelada Darras a través de su apoderado legal
- Recurso de casación en la forma
- Recurso de casación en el fondo
- Concluye su recurso solicitando a este Tribunal casar el Auto de Vista y fallar declarando
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Asimismo debemos decir que la competencia es de orden público y de cumplimiento obligatorio y
- En el caso de Autos Elizabeth Marlen Zelada Darras de Arredondo interpuso demanda de nulidad
- Dicho lo anterior, se establece que no existe certeza de que el bien inmueble
- De lo anterior se infiere que la norma en cuestión hace referencia a la posibilidad
- Respecto al tema, el Tribunal Supremo de Justicia mediante Auto Supremo Nº 491/2012 de 14
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- De conformidad a lo previsto en el art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Magistrada relatora: Dra. Rita Susana Nava Durán.
